En España, la conducción de ambulancias está regulada por el Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera.
Según este Real Decreto, la conducción de ambulancias se puede realizar por los siguientes profesionales:
- Técnicos en emergencias sanitarias (TES): son los profesionales que han recibido una formación específica para la atención sanitaria en situaciones de emergencia y para el manejo de vehículos prioritarios, como ambulancias. Los TES pueden conducir las ambulancias asistenciales (tipo A1, A2, B y C) y las de transporte colectivo (tipo D).
- Diplomados universitarios en enfermería: en determinados casos, como el traslado de pacientes crónicos y estables, pueden conducir ambulancias de transporte colectivo (tipo D).
- Conductores de transporte sanitario: son profesionales que han recibido una formación específica para el manejo de vehículos de transporte sanitario. Estos profesionales pueden conducir las ambulancias de transporte no asistencial (tipo A3).
Es importante destacar que todos los profesionales que conduzcan ambulancias en España deben cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente, incluyendo la obtención del permiso de conducir correspondiente y la formación específica para el manejo de vehículos prioritarios.
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